“a los efectos de esta ley, será publicidad comparativa la que aluda explícita o implícitamente a un competidor o a los bienes o servicios ofrecidos por él”.
art. 6 bis de la ley general de publicidad.
creamos esta campaña de emailing comparando lo incomparable: churras con merinas, aquiles con la tortuga, ortega con gasset y oracle database 11g release 2 con su competencia. porque lo que no puede ser no puede ser, y además es incomparable.
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septiembre 2012